Agente de bienes raíces en Panamá

tramites legales

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En Panamá el mercado inmobiliario se encuentra muy bien representado, no solo por profesionales del sector, si no por leyes que avalan la profesión y le dan seguridad a todos los involucrados al momento de realizar acciones de compra, venta o alquiler de propiedades inmobiliarias en el país.

Una de las leyes que rigen este mercado es la ley N°6 de 8 de julio de 1999, que en su artículo 2, señala que para ejercer la profesión de agente de bienes raíces en la República de Panamá se requiere poseer licencia de corredor de bienes raíces, la cual será expedida por la Junta Técnica de Bienes Raíces.

Requisitos

Los interesados en obtener esta licencia, deben cumplir una seria de requisitos, entre ellos:

  1. Constituir una fianza de diez mil balboas (B/.10,000.00), ya sea en dinero, en Bonos del Estado, de compañía de seguros, carta de garantía bancaria o hipotecas sobre bienes inmuebles, previo avalúo ordenado por la Junta Técnica, para responder ante el Estado por las sanciones que se le impongan de conformidad con este Decreto Ley, así como por los perjuicios que causen a terceros como resultado de su actuación negligente o dolosa, previa condena judicial en firme. Esta Fianza deberá ser renovada anualmente, dentro de los treinta días anteriores a su vencimiento.
  2. Pagar timbres fiscales por la suma de veinticinco balboas (B/.25.00), a cargo del beneficiario, una vez la licencia hay sido aprobada.
  3. Aprobar exámenes sobre conocimientos necesarios en materias relacionadas con bienes raíces.
  4. Cumplir con cualesquiera otros requisitos que el Órgano Ejecutivo establezca o adicione en el futuro, en cumplimiento de este Decreto Ley.

Prohibiciones

En su artículo 12 la ley N°6 de 8 de julio de 1999, señala que los corredores de bienes raíces tienen prohibido:

  1. Realizar actos, en el ejercicio de su profesión, que constituyan delitos contra el patrimonio o contra la fe pública o la administración de justicia, o contra el honor y/o cualquier otro delito cuya naturaleza tenga relación con la honorabilidad, la buena conducta y debilidad del corredor. La comisión de estos delitos conllevará la cancelación definitiva de la licencia otorgada al infractor, la cual deberá estar fundamentada en el fallo condenatorio pertinente, debidamente ejecutoriado y autenticado.
  2. Realizar actos que, aun cuando no constituyan delitos, causen perjuicio a sus clientes o a terceros o atenten contra la ética profesional.

Beneficios para el sector inmobiliario

Estos requisitos generan grandes ventajas y beneficios para este sector ya que, con ellos, se logra:

  • Transparencia y Seguridad del Mercado
  • Representación de un Corredor de Bienes Raíces
  • Garantía de una Gestión Profesional
  • Brinda más confianza en inversionistas
  • Mayor credibilidad
  • Mercado competitivo

En MLS Acobir estamos comprometidos con el profesionalismo en el mercado de bienes raíces, por eso nuestros agremiados deben contar con licencia para poder ser miembros y disfrutar de los beneficios que ofrecemos.

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