Contratos de Alquiler
Empecemos primero indicando que en Panamá existe una ley que regula el alquiler de propiedades. La Ley 93 de octubre de 1974 y el Ministerio de Vivienda y Ordenamiento Territorial (MIVIOT) es el encargado de hacerla cumplir.
Derechos de inquilinos
A continuación, mostramos los derechos que tienen los inquilinos:
Monto del contrato de alquiler:
El propietario y el inquilino se encargan de fijar el monto a pagar, también pueden fijar aumentos en cuanto al canon dentro del contrato de alquiler.
Depósitos de Seguridad:
En todos los contratos de arrendamiento hay un deposito de seguridad, que según la ley 93 debe ser pagado al Ministerio de Vivienda. Este deposito es totalmente reembolsable al arrendatario en el momento que se venza el contrato de alquiler.
Antes de que se fije la devolución el propietario puede reclamar el pago de alguna cuota no pagada, o de algún daño que el inquilino haya causado al apartamento en alquiler, casa o local comercial. Sin embargo, las partes involucradas en su mayoría desconocen esta parte de la ley por lo cual no se cumple con regularidad.
Duración del Contrato de Alquiler:
El tiempo de duración del contrato de alquiler puede ser pactado según las necesidades que tenga el inquilino y el propietario. Lo más común es realizarlos por un año.
Sin embargo, los inquilinos pueden notificar con 30 días de antelación la cancelación del contrato. Este aviso debe ser por escrito antes del próximo pago.
Servicios Públicos – Derecho de los inquilinos:
Ciertos servicios no podrán ser transferidos a los inquilinos, tales como la cuota mensual de condominio de la asociación de propietarios, y el agua, los cuales deben ser pagados por el propietario. El propietario normalmente incluye estos costos en la cuota de alquiler mensual. Teléfono, internet, televisión por cable, y servicio de electricidad se pueden colocar a nombre del inquilino y ser pagados por este.
Los arrendamientos de propiedades comerciales por lo general requieren que sea el arrendatario quien pague los servicios de agua, mantenimiento del edificio y los servicios públicos.
Reparaciones de la propiedad:
Es un punto muy importante para aclarar, y es que las fallas estructurales, grietas, el desgaste o deterioro, trabajo eléctrico y de plomería deben ser pagados por el propietario.
Contratos de Alquiler (Tres Copias):
Es de vital importancia tener en cuenta que cuando se firme un contrato de alquiler de apartamento o cualquier otra propiedad, se deben preparar 3 copias.
- Copia para el inquilino
- Copia para el propietario
- Copia para el MIVIOT
En Panamá muchos por desconocimiento solo entregan 2 copias, por ignorancia a la ley que regula el arrendamiento en Panamá.
El Artículo 5, de la ley Ley 93 de octubre de 1974 establece que todo contrato de arrendamiento deberá formalizarse por escrito al MIVIOT.
Asesorarse por profesionales
Tanto el propietarios como el inquilino al momento de formalizar un contrato deberían de asesorarse por profesionales de la industria (corredores de bienes raíces) para que puedan optimizar el tiempo y no incurran en faltas legales por desconocimiento.
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Las personas pueden acercarse al Mi y dirigirse a la dirección general de Arrendamientos, donde recibirán asesoramiento gratuito en todo lo relacionado a contratos, conflictos y demandas.